Si los reglamentos son parte del convenio colectivo, ya
que emanan de él, ¿se pueden modificar con tamaña falta de transparencia?
Nada se indica en qué consistirán dichos cambios. Si
alguien resulta perjudicado, ¿cómo puede reclamar sus derechos impugnando estas
modificaciones secretas?
¿En un convenio colectivo en ultractividad desde 2010
se pueden o se deben hacer estas modificaciones?

